Dicho esto, nada
quita reconocer ahora la confluencia entre la Psicología Clínica y la
Psiquiatría. De hecho, es posible que las avenencias sean mayores que las
desavenencias y esto es así, históricamente, tanto en el plano de la
investigación como en el de la provisión de servicios. La única diferencia
entre el psicólogo clínico y el psiquiatra, en lo que atañe a lo que nos ocupa,
la evaluación, diagnóstico y tratamiento de los trastornos psicológicos o
mentales, viene dada por la facultad legal de éste último para la prescripción
de fármacos.
En relación con actuaciones
forenses, el psicólogo clínico fue reconocido ya en 1959, en EEUU, como se dijo
antes, para dictaminar precisamente sobre la "enfermedad mental", supuesto que
el trastorno psicológico tiene consecuencias análogas a la calificación de
enfermedad. Por su parte, el Psicólogo de Juzgados en el sistema Judicial
español cumple funciones de este tipo.
Ahora bien, señalado este uso
compartido de funciones (investigadoras, psicodiagnósticas y
psicoterapéuticas), con la salvedad de la prescripción de fármacos, cabría
decir con fundamento, con fundamento en la historia de la Psicología Clínica y
en la naturaleza de las cosas que, en general, el psicólogo clínico está mejor
formado para la función psicodiagnóstica (sobre todo cuando de la aplicación de
pruebas psicométricas se trate, lo que es prácticamente siempre) y para la
aplicación de psicoterapias o tratamientos psicológicos (no así en el supuesto
de los farmacológicos). Estas afirmaciones que matizan el uso compartido de
funciones con una posible, y aun probable, mayor competencia psicodiagnóstica y
psicoterapéutica del psicólogo clínico, se sostiene al cotejar el contenido del
currículo del psicólogo clínico y del psiquiatra, donde se observaría la
amplitud de disciplinas relevantes a los trastornos psicológicos cursadas por
el psicólogo clínico.
A este respecto, es interesante
reparar en que esta convergencia de funciones está reconocida por la propia
Psiquiatría. Así en el influyente "Tratado de Psiquiatría" de Kaplan
y Sadock se dedica un capítulo a la Psicología Clínica en el que, entre otras
cuestiones, se refiere lo siguiente: "La Psicología Clínica es
aquel aspecto de la ciencia y la práctica psicológica interesado en el
análisis, tratamiento y prevención de las incapacidades psicológicas humanas y
en la mejora de la adaptación y efectividad personal. Como estos objetivos
son compartidos parcialmente por otras disciplinas, el contenido y ámbito
de este campo se solapan inevitablemente con otras disciplinas clínicas, sobre
todo con la psiquiatría y la asistencia social clínica. La
diferenciación más estricta de estos campos radica en su uso de las técnicas y
contenido de la psicología básica y las ciencias biológicas y sociales
estrechamente relacionadas. Comparte con las demás áreas de la psicología el
énfasis en la investigación sistemática como base empírica de sus
procedimientos clínicos"
El objeto de la Psicología
Clínica y de la Psiquiatría es el trastorno mental. Las clasificaciones
internacionales de las alteraciones psicopatológicas que son objeto tanto de la
Psicología Clínica como de la Psiquiatría se organizan en torno al concepto de
trastorno mental y no en términos de enfermedad. El concepto de trastorno
mental se define en términos disfuncionales o de alteración psicológica o
comportamental, de tal forma que su evaluación y diagnóstico se apoya en
criterios únicamente psicológicos y comportamentales. La utilización en este campo
de la noción de "enfermedad" presenta una ambigüedad que no está
exenta de intereses corporativos y que, desde luego, no obedece a la naturaleza
de las cosas.
Las funciones
profesionales de los psicólogos clínicos y de los psiquiatras convergen en gran
medida en cuanto que tienen el mismo objeto: los trastornos psicológicos o
mentales. Es evidente que el psiquiatra no está suficientemente formado para
utilizar con destreza los tratamientos psicológicos ni los instrumentos
diagnósticos desarrollados por la investigación psicológica, ni el psicólogo
posee la habilitación legal ni por ello la formación necesaria, en la misma
proporción, para hacer uso de terapéuticas farmacológicas. Por ello, y en
beneficio de la persona afectada, se impone la cooperación de ambos
profesionales en un plano de igualdad.
Dada la naturaleza del trastorno
mental, cualquiera de los dos profesionales, psicólogo clínico o psiquiatra, se
encuentra suficientemente capacitado para el diagnóstico y el establecimiento
de la estrategia terapéutica más conveniente en cada caso. Consiguientemente,
no tiene sentido establecer la preeminencia de uno sobre el otro.
La relacion que existen en ambas es importante tenerlo claro para no confundir el objetivo de cada una, aunque ambas aporten en la psicologia caracteristicas similares.
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